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Informe de valoración jurídica de la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas tras 15 años

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Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española

Resumen

El presente informe reviste una naturaleza estrictamente jurídica, aunque cabe esperar por el operador jurídico, político o social receptor de este, un análisis del texto legal propuesto a modo de balance tras tres lustros de su promulgación, por lo cual primarán en estas líneas consideraciones de aplicación sobre las propias de técnica jurídica y calidad normativa. Estas apreciaciones fueron conocidas al momento de su elaboración y quedaron tratadas por sucesivos informes de toda índole, siendo el de mayor relevancia el emitido por el Consejo de Estado en su función institucional al efecto, que de manera sistemática a través de su Dictamen 1579/2005, de 24 de noviembre, alertó sumariamente de las principales carencias y problemas técnicos al evaluar el Anteproyecto de Ley, siendo marcadamente sugerente en la calificación del carácter y categoría de la norma en el marco competencial y funcional del sistema de fuentes del derecho español. No fue desdeñable, en cualquier caso, el tiempo transcurrido entre el Dictamen del más alto órgano de consulta del Gobierno y la culminación del proceso de elaboración de ley, que concluye casi dos años después.

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