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Capacidad jurídica y discapacidad. España. Tomo I: Derecho común. Serie: Cuaderno de Trabajo nº 7

dc.contributor.advisorPalacios Rizzo, Agustina
dc.contributor.authorde Lorenzo García, Rafael
dc.contributor.authorEntrena Palomero, Blanca
dc.contributor.authorCastro-Girona Martínez, Almudena
dc.contributor.authorCabra de Luna, Miguel Ángel
dc.contributor.authorSoto Ruiz, José Javier
dc.contributor.authorBariffi Artigue, Francisco J.
dc.contributor.authorLópez Sosa, Luis
dc.coverage.spatialEspañaes
dc.date2009
dc.date.accessioned2012-10-17T10:26:48Z
dc.date.available2012-10-17T10:26:48Z
dc.description.abstractEl 6 de diciembre de 2006, la Asamblea General de la ONU aprobó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Con motivo de este hito, el Observatorio Estatal de la Discapacidad está editando una serie de monografías en las que se analiza el tratamiento jurídico-legal de la discapacidad en diversos países europeos y americanos. El caso español se estudia en dos tomos complementarios: uno dedicado al Derecho civil común, y otro al foral o especial. La mayor parte de la obra se ocupa de enumerar la muy dispersa legislación española en esta materia. Más interés revisten los primeros dos capítulos del primer tomo, donde se examinan los ajustes que adoptar la Convención va exigir en el ordenamiento jurídico español. El principal desencuentro con la legislación española actual es lo que se refiere a la regulación de la capacidad jurídica y de obrar de las personas con discapacidad, pues la Convención se sitúa en un paradigma de personalidad jurídica plena. Ello requerirá revisar exhaustivamente instrumentos como la tutela o la incapacitación judicial. Otros elementos que deberán ser reconsiderados son los vinculados a las restricciones al derecho a la libertad, la protección a la integridad personal o el tratamiento penal; en este último epígrafe, por ejemplo, habría que considerar la esterilización no voluntaria y el aborto eugenésico como intervenciones discriminatorias. Igualmente, por razones de eficacia y seguridad jurídicas, se recomienda reforzar los derechos de las personas con discapacidad en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación, impulsar la accesibilidad universal o garantizar la atención temprana.es
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11181/3419
dc.language.isoeses
dc.publisherObservatorio Estatal de la Discapacidades
dc.relation174es
dc.subjectDiscapacidades
dc.subjectDerechoes
dc.subjectIncapacidad jurídicaes
dc.subjectObligacioneses
dc.subjectTutelaes
dc.subjectProtección legales
dc.subjectTestamentoes
dc.subjectHerencia de bieneses
dc.subjectMatrimonioes
dc.subjectHijoses
dc.subjectServicios de saludes
dc.subjectDerechos del usuarioes
dc.subjectInformaciónes
dc.subjectConsentimientoes
dc.subjectEntidades financierases
dc.subjectViviendaes
dc.subjectSeguroses
dc.subjectAlimentaciónes
dc.subjectNormativaes
dc.subjectONUes
dc.subjectEspañaes
dc.titleCapacidad jurídica y discapacidad. España. Tomo I: Derecho común. Serie: Cuaderno de Trabajo nº 7es
dc.typeMonografíaes

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